Santos rechazó ley que eliminaba el cobro por reconexión de servicios para estratos bajos

En el Congreso de la República no cayó muy bien que el presidente Juan Manuel Santos haya objetado, por vicios de constitucionalidad, la ley que elimina el cobro por reconexión de servicios públicos domiciliarios para estratos 1, 2 y 3.

De acuerdo con la oficina jurídica de la Presidencia, uno de los argumentos para objetar esta ley es que “excluye del régimen tarifario de los servicios públicos los costos reales en los que incurren las empresas por tales conceptos”.

Además, el Presidente consideró que vulnera el artículo 367 de la Constitución Política el cual dice que “la ley determinará las entidades competentes para fijar las tarifas”.

De hecho, el Gobierno aseguró que las empresas “sí incurren en gastos cuando se ven en gastos operativos, técnicos y administrativos cuando se ven abocadas a efectuar la reconexión o la reinstalación del servicio como consecuencia del corte o suspensión del mismo por una razón imputable al usuario o suscriptor, como lo es la mora en el pago”.

Por otro lado, desde Casa de Nariño se argumenta que los deudores morosos están en la obligación de ponerse al día y si se aprueba esta ley sería “premiar” a las personas que no pagan a tiempo.

Según el senador Mario Fernández, ponente de la iniciativa, los legisladores no aceptarían las objeciones del jefe de Estado y enviarían su texto a la Corte Constitucional para que tome una decisión definitiva sobre la norma.

Los impulsores creen tener los votos suficientes para rechazar los argumentos presentados por el presidente de la República.

“¿Quién no va a estar de acuerdo en favorecer a la gente de los estratos más bajos? ¿Quién piensa que una persona del estrato 1 o 2 deja de pagar el agua o la luz por capricho? Nadie piensa que estas personas van a querer un día de su vida sin estos servicios básicos”, señaló.

Y añadió: “este es un tema de no tener capacidad de pago, es un tema de bajo ingreso y de extrema pobreza”.

Si el Congreso acepta las objeciones presidenciales, el proyecto se hunde. Si no las acepta, la iniciativa va directamente a estudio de la Corte Constitucional que es la que tendrá la última palabra.

Si el alto tribunal le da su visto bueno, el Gobierno tendrá que sancionar la ley, o de lo contrario lo podría hacer el presidente del Congreso.